Fuente: PortaldoBitcoin
Título Original: Presidente de ABcripto entra en la Justicia para intentar expulsar a los consejeros que piden nueva dirección
Enlace original:
Un impasse sobre el liderazgo de la Asociación Brasileña de Criptoeconomía (ABCripto) que se había intensificado en los bastidores ahora llega a la esfera judicial.
El presidente de ABcripto, Bernardo Srur, está demandando a cuatro miembros del Consejo Administrativo de la entidad, incluyendo a André Portilho (Mynt), Maria Isabel Sica (Ripple), Renata Mancini (Ripio) y Daniel de Paiva Gomes, por intentar convocar una asamblea con el objetivo de deliberar sobre un nuevo presidente para la asociación.
Pero el proceso va más allá: pide que el juez obligue a las empresas asociadas a sustituir a los cuatro consejeros que las representan y, en caso de que no lo hagan, que sean excluidas del consejo.
La articulación para la asamblea por parte del Consejo Administrativo se debe al hecho de que el mandato de Bernardo Srur como Director-Presidente de ABcripto finaliza el 16 de diciembre de 2025 y, en caso de no haber nueva elección, él es automáticamente reelegido para ejercer el cargo por un año más.
El proceso, abierto por Srur en nombre de ABcripto el 4 de noviembre, intenta invalidar una reunión de los consejeros realizada el 23 de octubre de 2025, en la cual se solicitó la convocatoria de una Asamblea General Extraordinaria (AGE).
Bernardo Srur argumenta en el proceso que fue “interrumpido abruptamente” por el consejero André Portilho en la reunión, quien habría informado sobre la realización de una reunión paralela, sin la participación de la Dirección Ejecutiva.
“Después del regreso a la reunión, el consejero Portilho solicitó la convocatoria y la programación de una AGE, en su nombre y en el de los demás consejeros presentes, con el explícito objetivo de deliberar sobre la destitución de la Junta Ejecutiva”, dice el proceso.
En el argumento de la institución, la reunión era inválida por “graves violaciones estatutarias y legales”, citando factores como la ausencia de quórum válido y la existencia de poderes vencidos.
Cuatro días después, uno de los objetivos del proceso, el abogado Daniel de Paiva Gomes, presentó una respuesta de casi 200 páginas, defendiendo a los consejeros de lo que define como “alegaciones infundadas, carentes de pruebas y totalmente desconectadas de la realidad fáctica y documental”.
El enfrentamiento por el liderazgo de ABcripto
La contestación de Gomes argumenta que, desde el 14 de julio, el Consejo Administrativo de ABcripto propuso una transición pacífica y trató de negociar la vacante del cargo, “lo que fue reiteradamente rechazado por el Director-Presidente [Bernardo Srur]”.
Según la defensa, en la reunión del 23 de octubre, el presidente de ABcripto afirmó, una vez más, que no sería posible resolver las cuestiones de manera consensuada y pacífica.
El 30 de octubre, Srur habría enviado un comunicado por correo electrónico alegando ser víctima de una “campaña difamatoria” por parte de los consejeros.
“En la mencionada comunicación, el Director-Presidente utilizó un tono intimidatorio y acusatorio, alegando que el Consejo de Administración estaría 'desrespetando normas' y 'atentando contra la integridad de la Institución y de sus dirigentes sin base factual', cuando, en verdad, es exactamente lo opuesto lo que ocurre”, afirma la defensa.
El consejero argumenta además que el presidente de ABcripto distorsionó, en el proceso, lo que realmente ocurrió en la reunión del día 23, afirmando que el Consejo no deliberó sobre la destitución del Director-Presidente, consciente de que solo la Asamblea General puede hacerlo.
Lo que hicieron, en calidad de órgano superior al Director-Presidente, fue solicitar la asamblea para que, con la presencia de todos los asociados, se llevara a cabo la elección y sustitución del Director-Presidente con la llegada del fin del mandato.
“Si el Consejo deliberó solicitar la convocatoria de una Asamblea para que el tema sea decidido en el foro competente, corresponde al Director-Presidente acatar y operacionalizar el acto convocatorio, y no condicionar o posponer la deliberación del órgano soberano”, dice la defensa. “La negativa caracteriza la inobservancia de la subordinación estatutaria y la usurpación funcional.”
Además, la impugnación critica el uso de la propia asociación por parte del presidente de ABcripto para iniciar el proceso y el hecho de que cuatro consejeros hayan sido incluidos como personas físicas en la acción, sin una motivación concreta.
“El Director- Presidente quiere usar a los cuatro Consejeros que forman parte del polo pasivo de esta acción como 'ejemplo' para los demás Consejeros, es decir, para coaccionar a los Demandados y desincentivar que otros asociados cuestionen la cercanía del término del mandato del Director-Presidente y la ausencia de rendición de cuentas, información y documentos. Por lo tanto, al margen del flujo estatutario, el Director-Presidente instrumentalizó el Poder Judicial para fines personales, en flagrante abuso del derecho de acción.”
Cómo comenzó la crisis de ABcripto
La contestación contra ABcripto dice que, desde el 14 de julio de 2025, el Consejo ha estado solicitando acceso — pero sin respuesta — a información financiera, bancaria y documentos de la asociación, y que el presidente “crea obstáculos” para no entregar los documentos solicitados.
Para dejar clara la gravedad del caso, la defensa cita que la asociación está irregular ante la Receita Federal do Brasil desde mayo de 2025 y que los asociados “ni siquiera saben el motivo”.
“¿Por qué el Director-Presidente […] se niega a proporcionar información, documentos y a convocar la Asamblea General para que los Asociados deliberan sobre el nuevo mandato de la Junta Ejecutiva? Simplemente porque el Director-Presidente sabe que se producirá la renovación automática de su mandato por un plazo adicional de 1 año, si se supera el plazo del 16/12/2025 sin deliberación.”
Según el proceso, el inicio de las sospechas de que había algo mal en la dirección de ABcripto ocurrió el 11 de julio de este año, cuando la vicepresidenta y la dirección jurídica de la entidad comunicaron su desvinculación inmediata.
Fragmentos de la carta que anunciaba las salidas llamaron la atención del Consejo, ya que podrían señalar preocupación institucional por prácticas de gobernanza.
“¿Qué llevaría a las personas que ocupaban tales posiciones a, sin ninguna interlocución previa con el Consejo, simplemente comunicar su desvinculación?”, cuestiona la defensa, añadiendo que el liderazgo restante de ABcripto, a partir de ese momento concentrado en la figura de Bernardo Srur, fue presionado repetidamente para explicar lo que sucedió, pero nunca aclaró el motivo de la salida de la dirección jurídica a los asociados.
Las prácticas sospechosas de ABcripto, según los consejeros
En la respuesta del proceso, la defensa enumera una serie de otros esclarecimientos que el Consejo Administrativo de ABcripto pidió y no obtuvo respuesta, entre ellos:
Falta de claridad sobre acuerdo con el Ministerio Público: El Consejo afirma que ABcripto firmó un acuerdo con el Ministerio Público del Estado de São Paulo, sin validación del Consejo de Administración. Solicitaron explicaciones sobre “cuáles son los motivos que llevaron a la creación de un grupo de WhatsApp para atender órdenes de miembros del Ministerio Público sin orden judicial”.
Problemas con la Receita Federal: El Consejo constató que la ABcripto está irregular con la Receita Federal desde mayo de 2025. “Ahora, siendo una entidad inmune/exenta, no hay fundamentos para que la Asociación no posea certificado de regularidad fiscal. De hecho, causó extrañeza que la Asociación tuviera, por un período, un certificado 'positivo con efectos de negativo', ya que eso indicaría la existencia de deudas tributarias (aunque suspendidas o garantizadas), lo que, en calidad de entidad inmune/exenta, no tiene sentido.”
Cuentas bancarias cerradas: El Consejo solicitó que se enviaran todos los extractos bancarios de las cuentas de la asociación y aclaraciones sobre el cierre de la cuenta en el banco local, “teniendo en cuenta informaciones contradictorias recibidas en el sentido de que dicho cierre habría ocurrido por iniciativa del propio banco”.
Pago de R$ 250 mil para sandbox regulatorio: La Junta Ejecutiva de ABcripto dijo que realizaría un pago de R$ 250 mil para un proyecto de sandbox regulatorio, incluso sin la aprobación del Consejo y sin la información técnica adecuada. El Consejo había determinado que el costo no se asumiera sin esa información y sin la adhesión confirmada de los participantes, pero el Director Ejecutivo dijo que lo haría bajo el argumento de que “habría dado su palabra”.
Aclaraciones sobre CriptoJud: El Consejo solicitó que se proporcionaran aclaraciones sobre la herramienta denominada “CriptoJud”, en desarrollo. También pidió justificaciones por el hecho de que la contratación del proveedor no se haya sometido a aprobación y por la ausencia de invitación a las empresas asociadas para participar en las pruebas del sistema.
Según la defensa, cuando el presidente de ABcripto proporcionó los documentos requeridos por el Consejo, lo hizo en una herramienta cuyo acceso estaba condicionado a la aceptación de un término de confidencialidad, considerado incompatible con las regulaciones aplicables.
“Vale recordar: en términos del Estatuto, la Junta Ejecutiva, que incluye al Director Presidente, está subordinada al Consejo. Ahora bien, si el Director Presidente está subordinado al Consejo de Administración, ¿por qué razón dicho Director Presidente tiene acceso a la información y documentos, pero el Consejo, órgano que le es superior, no tiene acceso a dicha base de datos?”, provoca la contestación.
Lo que cada parte pide ahora
ABcripto, a través del presidente Bernardo Srur, solicita la anulación de la Reunión Ordinaria del Consejo del 23 de octubre de 2025 y de las deliberaciones tomadas en ella, así como la anulación de la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria.
El proceso también solicita la exclusión de los asociados involucrados “que promovieron la desviación de la reunión del Consejo de ABcripto por violación de las obligaciones estatutarias”, citando a André Portilho, Maria Isabel Sica, Renata Mancini y el abogado Daniel de Paiva Gomes.
Él exige que las empresas asociadas nombren nuevos representantes y, en ausencia de nombramiento, que sean excluidas del Consejo.
Ya la defensa del consejero Daniel de Paiva Gomes exige que la presidencia de ABcripto rinda cuentas, presentando una serie de documentos y aclaraciones relacionadas con la gestión en los últimos años.
También pide que el juez determine que el presidente de ABcripto, Bernardo Srur, publique, en su propio nombre y en calidad de persona física, una retractación pública a favor de los demandados en las redes sociales.
La principal solicitud, sin embargo, es la convocatoria inmediata de la Asamblea General para decidir el futuro liderazgo de la asociación. El juez César Augusto Vieira Macedo determinó que Bernardo Srur convoque, en un plazo de tres días hábiles, una Asamblea General Extraordinaria (AGE) para deliberar sobre la elección de un nuevo mandato o la sustitución del Director-Presidente.
Si la asamblea no se convoca dentro del plazo, Srur estará sujeto a una multa diaria de R$ 2 mil, limitada a 30 días.
Contrapunto
La Asociación Brasileña de Criptoeconomía informó que ha tomado conocimiento de las manifestaciones presentadas en el proceso judicial en curso y reafirma que toda la actuación de su Junta Ejecutiva sigue estrictamente los procedimientos previstos en el Estatuto de la Asociación, observando rigurosamente la regularidad institucional y la seguridad jurídica. La nota destaca que el tema en discusión se refiere a interpretaciones distintas sobre ritos estatutarios y sobre la conducción de procesos internos, incluyendo convocatoria de instancias deliberativas y acceso a información administrativa.
“ABcripto ha estado atendiendo a las solicitudes formales del Consejo dentro de los medios estructurados y adecuados, manteniendo la integridad de los procedimientos. La Asociación mantiene plena confianza en las instancias competentes y refuerza su compromiso permanente con el diálogo, la gobernanza y el fortalecimiento del ecosistema de criptoeconomía en Brasil.”
Un miembro del Consejo Administrativo de ABcripto, que pidió no ser nombrado, dijo que, como consejero, su “única preocupación es cumplir con la función del colegiado de acuerdo con lo legal y lo estipulado en los estatutos”.
“Lamento la extrapolación de un asunto administrativo a vías judiciales, pero tengo plena convicción de que la información será presentada en el expediente. Desde la perspectiva jurídica, la acción presentada carece de sustancia. El Consejo busca únicamente la convocatoria de la asamblea general y la rendición de cuentas, tal como está previsto en los estatutos. Estoy confiado en que el proceso transcurrirá bien y que el espacio de diálogo y construcción que siempre ha caracterizado la actuación del Consejo podrá ser recuperado, pues el valor de la Asociación está en sus asociados”, finaliza.
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Disputa de poder en ABcripto: el presidente demanda a los consejeros que piden su sustitución
Fuente: PortaldoBitcoin Título Original: Presidente de ABcripto entra en la Justicia para intentar expulsar a los consejeros que piden nueva dirección Enlace original: Un impasse sobre el liderazgo de la Asociación Brasileña de Criptoeconomía (ABCripto) que se había intensificado en los bastidores ahora llega a la esfera judicial.
El presidente de ABcripto, Bernardo Srur, está demandando a cuatro miembros del Consejo Administrativo de la entidad, incluyendo a André Portilho (Mynt), Maria Isabel Sica (Ripple), Renata Mancini (Ripio) y Daniel de Paiva Gomes, por intentar convocar una asamblea con el objetivo de deliberar sobre un nuevo presidente para la asociación.
Pero el proceso va más allá: pide que el juez obligue a las empresas asociadas a sustituir a los cuatro consejeros que las representan y, en caso de que no lo hagan, que sean excluidas del consejo.
La articulación para la asamblea por parte del Consejo Administrativo se debe al hecho de que el mandato de Bernardo Srur como Director-Presidente de ABcripto finaliza el 16 de diciembre de 2025 y, en caso de no haber nueva elección, él es automáticamente reelegido para ejercer el cargo por un año más.
El proceso, abierto por Srur en nombre de ABcripto el 4 de noviembre, intenta invalidar una reunión de los consejeros realizada el 23 de octubre de 2025, en la cual se solicitó la convocatoria de una Asamblea General Extraordinaria (AGE).
Bernardo Srur argumenta en el proceso que fue “interrumpido abruptamente” por el consejero André Portilho en la reunión, quien habría informado sobre la realización de una reunión paralela, sin la participación de la Dirección Ejecutiva.
“Después del regreso a la reunión, el consejero Portilho solicitó la convocatoria y la programación de una AGE, en su nombre y en el de los demás consejeros presentes, con el explícito objetivo de deliberar sobre la destitución de la Junta Ejecutiva”, dice el proceso.
En el argumento de la institución, la reunión era inválida por “graves violaciones estatutarias y legales”, citando factores como la ausencia de quórum válido y la existencia de poderes vencidos.
Cuatro días después, uno de los objetivos del proceso, el abogado Daniel de Paiva Gomes, presentó una respuesta de casi 200 páginas, defendiendo a los consejeros de lo que define como “alegaciones infundadas, carentes de pruebas y totalmente desconectadas de la realidad fáctica y documental”.
El enfrentamiento por el liderazgo de ABcripto
La contestación de Gomes argumenta que, desde el 14 de julio, el Consejo Administrativo de ABcripto propuso una transición pacífica y trató de negociar la vacante del cargo, “lo que fue reiteradamente rechazado por el Director-Presidente [Bernardo Srur]”.
Según la defensa, en la reunión del 23 de octubre, el presidente de ABcripto afirmó, una vez más, que no sería posible resolver las cuestiones de manera consensuada y pacífica.
El 30 de octubre, Srur habría enviado un comunicado por correo electrónico alegando ser víctima de una “campaña difamatoria” por parte de los consejeros.
“En la mencionada comunicación, el Director-Presidente utilizó un tono intimidatorio y acusatorio, alegando que el Consejo de Administración estaría 'desrespetando normas' y 'atentando contra la integridad de la Institución y de sus dirigentes sin base factual', cuando, en verdad, es exactamente lo opuesto lo que ocurre”, afirma la defensa.
El consejero argumenta además que el presidente de ABcripto distorsionó, en el proceso, lo que realmente ocurrió en la reunión del día 23, afirmando que el Consejo no deliberó sobre la destitución del Director-Presidente, consciente de que solo la Asamblea General puede hacerlo.
Lo que hicieron, en calidad de órgano superior al Director-Presidente, fue solicitar la asamblea para que, con la presencia de todos los asociados, se llevara a cabo la elección y sustitución del Director-Presidente con la llegada del fin del mandato.
“Si el Consejo deliberó solicitar la convocatoria de una Asamblea para que el tema sea decidido en el foro competente, corresponde al Director-Presidente acatar y operacionalizar el acto convocatorio, y no condicionar o posponer la deliberación del órgano soberano”, dice la defensa. “La negativa caracteriza la inobservancia de la subordinación estatutaria y la usurpación funcional.”
Además, la impugnación critica el uso de la propia asociación por parte del presidente de ABcripto para iniciar el proceso y el hecho de que cuatro consejeros hayan sido incluidos como personas físicas en la acción, sin una motivación concreta.
“El Director- Presidente quiere usar a los cuatro Consejeros que forman parte del polo pasivo de esta acción como 'ejemplo' para los demás Consejeros, es decir, para coaccionar a los Demandados y desincentivar que otros asociados cuestionen la cercanía del término del mandato del Director-Presidente y la ausencia de rendición de cuentas, información y documentos. Por lo tanto, al margen del flujo estatutario, el Director-Presidente instrumentalizó el Poder Judicial para fines personales, en flagrante abuso del derecho de acción.”
Cómo comenzó la crisis de ABcripto
La contestación contra ABcripto dice que, desde el 14 de julio de 2025, el Consejo ha estado solicitando acceso — pero sin respuesta — a información financiera, bancaria y documentos de la asociación, y que el presidente “crea obstáculos” para no entregar los documentos solicitados.
Para dejar clara la gravedad del caso, la defensa cita que la asociación está irregular ante la Receita Federal do Brasil desde mayo de 2025 y que los asociados “ni siquiera saben el motivo”.
“¿Por qué el Director-Presidente […] se niega a proporcionar información, documentos y a convocar la Asamblea General para que los Asociados deliberan sobre el nuevo mandato de la Junta Ejecutiva? Simplemente porque el Director-Presidente sabe que se producirá la renovación automática de su mandato por un plazo adicional de 1 año, si se supera el plazo del 16/12/2025 sin deliberación.”
Según el proceso, el inicio de las sospechas de que había algo mal en la dirección de ABcripto ocurrió el 11 de julio de este año, cuando la vicepresidenta y la dirección jurídica de la entidad comunicaron su desvinculación inmediata.
Fragmentos de la carta que anunciaba las salidas llamaron la atención del Consejo, ya que podrían señalar preocupación institucional por prácticas de gobernanza.
“¿Qué llevaría a las personas que ocupaban tales posiciones a, sin ninguna interlocución previa con el Consejo, simplemente comunicar su desvinculación?”, cuestiona la defensa, añadiendo que el liderazgo restante de ABcripto, a partir de ese momento concentrado en la figura de Bernardo Srur, fue presionado repetidamente para explicar lo que sucedió, pero nunca aclaró el motivo de la salida de la dirección jurídica a los asociados.
Las prácticas sospechosas de ABcripto, según los consejeros
En la respuesta del proceso, la defensa enumera una serie de otros esclarecimientos que el Consejo Administrativo de ABcripto pidió y no obtuvo respuesta, entre ellos:
Falta de claridad sobre acuerdo con el Ministerio Público: El Consejo afirma que ABcripto firmó un acuerdo con el Ministerio Público del Estado de São Paulo, sin validación del Consejo de Administración. Solicitaron explicaciones sobre “cuáles son los motivos que llevaron a la creación de un grupo de WhatsApp para atender órdenes de miembros del Ministerio Público sin orden judicial”.
Problemas con la Receita Federal: El Consejo constató que la ABcripto está irregular con la Receita Federal desde mayo de 2025. “Ahora, siendo una entidad inmune/exenta, no hay fundamentos para que la Asociación no posea certificado de regularidad fiscal. De hecho, causó extrañeza que la Asociación tuviera, por un período, un certificado 'positivo con efectos de negativo', ya que eso indicaría la existencia de deudas tributarias (aunque suspendidas o garantizadas), lo que, en calidad de entidad inmune/exenta, no tiene sentido.”
Cuentas bancarias cerradas: El Consejo solicitó que se enviaran todos los extractos bancarios de las cuentas de la asociación y aclaraciones sobre el cierre de la cuenta en el banco local, “teniendo en cuenta informaciones contradictorias recibidas en el sentido de que dicho cierre habría ocurrido por iniciativa del propio banco”.
Pago de R$ 250 mil para sandbox regulatorio: La Junta Ejecutiva de ABcripto dijo que realizaría un pago de R$ 250 mil para un proyecto de sandbox regulatorio, incluso sin la aprobación del Consejo y sin la información técnica adecuada. El Consejo había determinado que el costo no se asumiera sin esa información y sin la adhesión confirmada de los participantes, pero el Director Ejecutivo dijo que lo haría bajo el argumento de que “habría dado su palabra”.
Aclaraciones sobre CriptoJud: El Consejo solicitó que se proporcionaran aclaraciones sobre la herramienta denominada “CriptoJud”, en desarrollo. También pidió justificaciones por el hecho de que la contratación del proveedor no se haya sometido a aprobación y por la ausencia de invitación a las empresas asociadas para participar en las pruebas del sistema.
Según la defensa, cuando el presidente de ABcripto proporcionó los documentos requeridos por el Consejo, lo hizo en una herramienta cuyo acceso estaba condicionado a la aceptación de un término de confidencialidad, considerado incompatible con las regulaciones aplicables.
“Vale recordar: en términos del Estatuto, la Junta Ejecutiva, que incluye al Director Presidente, está subordinada al Consejo. Ahora bien, si el Director Presidente está subordinado al Consejo de Administración, ¿por qué razón dicho Director Presidente tiene acceso a la información y documentos, pero el Consejo, órgano que le es superior, no tiene acceso a dicha base de datos?”, provoca la contestación.
Lo que cada parte pide ahora
ABcripto, a través del presidente Bernardo Srur, solicita la anulación de la Reunión Ordinaria del Consejo del 23 de octubre de 2025 y de las deliberaciones tomadas en ella, así como la anulación de la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria.
El proceso también solicita la exclusión de los asociados involucrados “que promovieron la desviación de la reunión del Consejo de ABcripto por violación de las obligaciones estatutarias”, citando a André Portilho, Maria Isabel Sica, Renata Mancini y el abogado Daniel de Paiva Gomes.
Él exige que las empresas asociadas nombren nuevos representantes y, en ausencia de nombramiento, que sean excluidas del Consejo.
Ya la defensa del consejero Daniel de Paiva Gomes exige que la presidencia de ABcripto rinda cuentas, presentando una serie de documentos y aclaraciones relacionadas con la gestión en los últimos años.
También pide que el juez determine que el presidente de ABcripto, Bernardo Srur, publique, en su propio nombre y en calidad de persona física, una retractación pública a favor de los demandados en las redes sociales.
La principal solicitud, sin embargo, es la convocatoria inmediata de la Asamblea General para decidir el futuro liderazgo de la asociación. El juez César Augusto Vieira Macedo determinó que Bernardo Srur convoque, en un plazo de tres días hábiles, una Asamblea General Extraordinaria (AGE) para deliberar sobre la elección de un nuevo mandato o la sustitución del Director-Presidente.
Si la asamblea no se convoca dentro del plazo, Srur estará sujeto a una multa diaria de R$ 2 mil, limitada a 30 días.
Contrapunto
La Asociación Brasileña de Criptoeconomía informó que ha tomado conocimiento de las manifestaciones presentadas en el proceso judicial en curso y reafirma que toda la actuación de su Junta Ejecutiva sigue estrictamente los procedimientos previstos en el Estatuto de la Asociación, observando rigurosamente la regularidad institucional y la seguridad jurídica. La nota destaca que el tema en discusión se refiere a interpretaciones distintas sobre ritos estatutarios y sobre la conducción de procesos internos, incluyendo convocatoria de instancias deliberativas y acceso a información administrativa.
“ABcripto ha estado atendiendo a las solicitudes formales del Consejo dentro de los medios estructurados y adecuados, manteniendo la integridad de los procedimientos. La Asociación mantiene plena confianza en las instancias competentes y refuerza su compromiso permanente con el diálogo, la gobernanza y el fortalecimiento del ecosistema de criptoeconomía en Brasil.”
Un miembro del Consejo Administrativo de ABcripto, que pidió no ser nombrado, dijo que, como consejero, su “única preocupación es cumplir con la función del colegiado de acuerdo con lo legal y lo estipulado en los estatutos”.
“Lamento la extrapolación de un asunto administrativo a vías judiciales, pero tengo plena convicción de que la información será presentada en el expediente. Desde la perspectiva jurídica, la acción presentada carece de sustancia. El Consejo busca únicamente la convocatoria de la asamblea general y la rendición de cuentas, tal como está previsto en los estatutos. Estoy confiado en que el proceso transcurrirá bien y que el espacio de diálogo y construcción que siempre ha caracterizado la actuación del Consejo podrá ser recuperado, pues el valor de la Asociación está en sus asociados”, finaliza.